viernes, 15 de octubre de 2010

Nº Registro 64521

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD URBANA


D. Perico, con D.N.I., vecino de esta ciudad con domicilio a efecto de notificaciones en C/, C.P. 12000 y en representación de la asociación Castellón En Bici, con C.I.F. G-12811972 EXPONE:

Que a lo largo de las últimas semanas se ha observado que en los carriles bici de la Avda. Vila·Real, Avda. Barcelona y Paseo Morella han aparecido señales horizontales de ceda el paso.

Que dichas señales de ceda el paso están situadas justamente coincidiendo con la salida de vados, lo cual contradice lo establecido en el Reglamento General de Circulación (arts. 64.a y 72.1) y Ley de Seguridad Vial (arts. 23.5.a y 26), pues son los vehículos que salen de los vados los que deben ceder el paso a peatones y bicicletas, y más aún cuando hay un carril bici perfectamente señalizado y delimitado.

El artículo 23.5.a de la L.S.V establece literalmente que los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor cuando circulen por un carril-bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de conductores de bicicletas.

El artículo 26 de la L.S.V establece que el conductor de un vehículo procedente de una propiedad colindante, que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos.

El artículo 64.a del R.G.C establece que los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.

El artículo 72.1 del R.G.C establece que el conductor de un vehículo procedente de una propiedad colindante que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos. Si la vía a la que se accede está dotada de un carril de aceleración, el conductor que se incorpora a aquélla procurará hacerlo con velocidad adecuada a la vía (artículo 26 del texto articulado).

A continuación se exponen algunas fotos del problema en cuestión.

Avda. Vila·Real (entre C/ Palanques y C/ Almenara)

Avda. Vila·Real (entre C/ Almenara y Avda. Alcora)

Avda. Vila·Real 4

Por todo ello SOLICITO:

Que la señalización horizontal indicada sea retirada con la mayor celeridad posible con el fin de evitar percances y malos entendidos entre conductores de vehículos a motor y bicicletas.

Lo que se pone en su conocimiento a los efectos oportunos.

Castellón a 15 de Octubre de 2010,




Perico
Tesorero de Castellón en Bici

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